El Dicasterio para la Doctrina de la Fe del Vaticano ha emitido una declaración oficial mediante la cual confirma la excomunión latae sententiae (automática) de varios miembros de alto rango de la Fraternità Sacerdotale San Pio X (FSSPX), tras la consagración de cuatro nuevos obispos sin el mandato del Papa.
El documento, fechado el 2 de julio de 2026, lleva la firma del Prefecto del Dicasterio, el Cardenal Víctor Manuel Fernández, junto al Arzobispo John J. Kennedy (Segretario de la Sección Disciplinaria) y Mons. Armando Matteo (Segretario de la Sección Doctrinal). La resolución responde de forma directa a un acto calificado explícitamente como «de naturaleza cismática».

A pesar de las advertencias previas dirigidas al Superior General de la congregación fundada por el arzobispo Marcel Lefebvre, el obispo Alfonso de Galarreta procedió a la ordenación episcopal de cuatro presbíteros: Pascal Schreiber, Michael Goldade, Michel Poinsinet de Sivry y Marc Hanappier.
Al haber actuado sin mandato pontificio y en abierta oposición a la voluntad del Sumo Pontífice, el obispo de Galarreta y los cuatro sacerdotes consagrados han incurrido de forma automática en las penas previstas por el Código de Derecho Canónico (CIC 2021), específicamente, el decreto cita las transgresiones al canon 1387 (consagración de un obispo sin mandato apostólico) y al canon 1364 § 1 (delito de cisma), como consecuencia, el Vaticano ha declarado a todos los efectos jurídicos que los cinco clérigos se encuentran bajo excomunión reservada a la Sede Apostólica.

Asimismo, la Santa Sede ha hecho extensiva la sanción al obispo Bernard Fellay, ex Superior General de la FSSPX. Fellay participó de manera directa en la ceremonia litúrgica en calidad de co-consagrante, lo que el Dicasterio tipifica como una adhesión pública al acto cismático, activando la excomunión automática bajo el mismo canon 1364 § 1.
El comunicado de la Curia Romana concluye con una severa advertencia dirigida tanto a los clérigos como a los fieles laicos, el Vaticano exhorta formalmente a la comunidad católica a no adherirse ni respaldar el cisma de la Fraternità Sacerdotale San Pio X, recordando que el apoyo o participación activa en dicho movimiento conlleva el riesgo legal y espiritual de incurrir de igual manera en la pena de excomunión latae sententiae.

Esto marca una nueva ruptura formal en las ya complejas relaciones entre el Vaticano y el movimiento tradicionalista lefebvriano, evocando las históricas consagraciones de Écone en 1988 que inicialmente provocaron una situación de cisma similar en la Iglesia católica.
El procedimiento que sigue el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, a partir del 1 de julio de 2026, establece que el sacerdote que haya decidido abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, dispuesto a aceptar el Concilio Vaticano II y la legitimidad del Novus Ordo Missae, aunque permanezca vinculado al rito antiguo, deberá «encontrar un Ordinario (obispo diocesano, superior mayor de institutos religiosos clericales de derecho pontificio y de sociedades clericales de vida apostólica de derecho pontificio, etc.) dispuesto a acogerlo ad experimentum».

Posteriormente, el sacerdote deberá «escribir de su puño y letra una carta al Santo Padre en la que se presente y solicite la remisión de las censuras en que haya incurrido por haber recibido la ordenación de un obispo excomulgado o irregular, o bien por haber ingresado posteriormente en la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, aun habiendo sido ordenado válida y legítimamente».
El sacerdote deberá adjuntar asimismo el certificado de ordenación sacerdotal y presentar, fechadas y firmadas, la Professio fidei (Profesión de fe) y la Formula adhaesionis (Fórmula de adhesión).

La Profesión de fe resume los contenidos esenciales de la fe católica. La Fórmula de adhesión compromete al sacerdote a guardar fidelidad al Papa y a abstenerse de atacarlo públicamente, así como a su magisterio. Además, acepta la doctrina expuesta en el número 25 de la constitución dogmática conciliar Lumen gentium sobre la adhesión al magisterio de la Iglesia. Declara igualmente que considera válida la celebración de la Misa según los ritos promulgados por Pablo VI y Juan Pablo II y que acepta las normas del Código de Derecho Canónico promulgado por Juan Pablo II.
El sacerdote deberá hacer llegar estos documentos (la carta, el certificado de ordenación, la Profesión de fe y la Fórmula de adhesión) por medio del Ordinario, «quien manifestará en la carta de acompañamiento su disponibilidad para acogerlo ad experimentum en su diócesis o en su instituto».
Una vez recibida la documentación enviada por el Ordinario, el Dicasterio emitirá un rescripto de remisión de las censuras, autorizando al Ordinario a recibir al sacerdote solicitante «por un período de prueba de al menos un año y no superior a tres, al término del cual podrá procederse a su incardinación».