Propone diputada del PT reformas para la eutanasia como derecho constitucional en México

Mariano González

Propone diputada del PT reformas para la eutanasia como derecho constitucional en México

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La diputada federal Nora Yessica Merino Escamilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (PT) en la LXVI Legislatura, presentó una iniciativa con proyecto de decreto que busca reformar  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objetivo de establecer que toda persona tiene derecho a una muerte digna y al procedimiento de eutanasia en el país.

La propuesta, que ha sido turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación, plantea modificar el artículo 4 y adicionar una fracción al artículo 73 del texto constitucional, de concretarse la reforma, el Congreso de la Unión quedaría formalmente facultado para expedir una Ley General en Materia de Eutanasia, la cual establecería los marcos normativos, requisitos y procedimientos aplicables en todo el territorio nacional.

El planteamiento central de la propuesta señala que, «si la legislación mexicana contempla y protege el derecho a una vida digna, también debe apelar formalmente por el derecho a una muerte digna».

 Según la exposición de motivos de la legisladora, la muerte es una parte inevitable del ciclo vital de las personas, por lo que «su tratamiento normativo debe vincularse a la protección de la dignidad humana garantizada en la Carta Magna».

En el documento remitido a la Gaceta Parlamentaria, se recurre a la definición etimológica de eutanasia como «buena muerte», conceptualizándola como el acto o procedimiento realizado por un médico para producir el deceso de un paciente, sin dolor y a petición expresa de este, con el fin de terminar con su sufrimiento, asimismo, la iniciativa indica que la eutanasia debe comprenderse como un elemento de la muerte digna, al permitir que el proceso se realice en compañía de los seres queridos y como manifestación de la voluntad individual de la persona.

La iniciativa hace una distinción técnica entre dos formas de aplicación de este procedimiento:

  • Eutanasia pasiva: Se define como aquella que busca evitar molestias, dolor o sufrimiento al paciente, sin ejecutar acciones directas ni aplicar procedimientos o medicamentos orientados a terminar de forma activa con la vida del enfermo.

  • Eutanasia activa: Comprende las medidas dirigidas a terminar con la vida mediante la aplicación de un procedimiento o sustancia médica que suprime la función cardiorrespiratoria y encefálica.

La diputada Merino Escamilla apunta en su exposición que, si bien uno de los deberes fundamentales del Estado es la protección del derecho a la vida, este concepto debe analizarse a profundidad, ya que según ella la iniciativa argumenta que «el derecho a la vida contiene en sí el derecho a la muerte», sosteniendo que la dignidad humana debe hacerse valer tanto en la vida como en el fallecimiento de los individuos.

El proyecto permanecerá sujeto a deliberación y dictaminación en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, donde los grupos parlamentarios revisarán la viabilidad y alcance legal de la reforma constitucional.

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