En una Unidad Deportiva los diputados aprobaron en lo general las reformas constitucionales al Poder Judicial

Mariano González

En una Unidad Deportiva los diputados aprobaron en lo general las reformas constitucionales al Poder Judicial

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Se cumplió lo que hace unas semanas se había advertido sobre la «sobrerrepresentación» de MORENA y sus aliados, mientras México dormía los diputados oficialistas por mayoría calificada de 359 votos a favor, 135 en contra y cero abstenciones, aprobaron el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, relativas al Poder Judicial.

En una Unidad Deportiva Magdalena Mixhuca, ubicada en la alcaldía Iztacalco de la Ciudad de México es la actual sede del Poder Legislativo debido a las protestas de los trabajadores del poder judicial y de los estudiantes de Derecho de la UNAM y de otras universidades públicas, por lo que tuvieron que tomar otra sede alterna.

Entre lo que se reforma a las distintas leyes y a la Constitución está:

  • Se establece un proceso de elección por voto popular para magistrados de Circuito, jueves de Distrito, así como ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en un proceso que se llevará a cabo con la actuación del Instituto Nacional Electoral.
  • Además, reduce la integración a nueve ministros de la SCJN, con una duración en su encargo de 12 años.
  • Se señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias; en caso de no cumplir con ese plazo, debe dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones cuando no se dicte sentencia en los plazos establecidos o en su caso, dar vista al Órgano Interno de Control tratándose de tribunales administrativos.
  • Fija el procedimiento para la elección de ministros de la SCJN, de los magistrados de Circuito, de los jueces de Distrito y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial así como de los magistrados electorales que integren la Sala Superior del Tribunal Electoral.
  • Determina los requisitos para ser electo magistrado de Circuito, juez de Distrito y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y los mecanismos para la designación en caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.
  • Señala que la administración y control interno en el Tribunal Electoral corresponderá al Órgano de Administración Judicial y los temas relativos a la disciplina de su personal al Tribunal de Disciplina Judicial, al cual también le compete conocer de los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores y los que se susciten entre la SCJN y sus empleados.
  • Faculta al Tribunal de Disciplina Judicial para conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a los servidores públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.
  • Da cuenta de las facultades del Órgano de Administración Judicial, que contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial, además de determinar el número, división en circuitos, competencia y materias de los Tribunales Colegiados de Circuito, de Apelación y Juzgados de Distrito.

Esta mañana sin embargo continúa la discusión en lo particular de las reservas de la ley para que esté completo el proceso legislativo y pueda ser enviado al Senado como Cámara Revisora.

Recordar que a la Cámara de Diputados no le importó que tres jueces federales ordenaron suspenderla discusión y eventual aprobación de esta reforma judicial.

También ignoraron a los distintos organismos sociales, políticos y empresariales como la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) quienes enviaron una carta pública para reconsiderar las reformas para la elección directa y por voto popular de jueces, magistrados y ministros, debido a que politizan la justicia, comprometiendo la independencia judicial, lo que podría derivar en decisiones judiciales influidas por intereses electorales y de influencias externas contraviniendo el principio de imparcialidad del Poder Judicial.

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